De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Rectoría Económico correspondiente, el beneficio de exención de arancel de matrícula debe ser solicitado a más tardar el 31 de marzo de cada año. Para postular al beneficio en cuestión, el solicitante debe tener sus cargas familiares acreditadas en la Unidad de Contratos y Remuneraciones, dependiente de la Dirección de Personas. Así mismo, los solicitantes deben cumplir con los requisitos establecidos en la resolución 032/2019 de fecha 02-01-2019 de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas.